CONVOCATORIA DE AYUDAS 2025

PERIODO DE SOLICITUD:
DEL 28 DE JULIO AL 30 DE SEPTIEMBRE, AMBOS INCLUSIVE

Les recordamos que los proyectos deberán ser presentados a través de la nueva aplicación.
Sólo se aceptarán las solicitudes enviadas mediante esta aplicación.

Recomendamos leer el Manual y las preguntas frecuentes e ir guardando regularmente la información que vayan añadiendo.
Asegúrate de revisar todo antes de enviar el proyecto, ya que no podrás realizar correcciones posteriormente.

Leer el manual y preguntas frecuentes de la plataforma

SESIONES INFORMATIVAS

Con el objetivo de aclarar cualquier duda, realizaremos dos sesiones informativas en formato online. Estas reuniones se llevarán a cabo los días 9 y 22 de septiembre, en horario de 13:00 a 14:00 horas.

Si estás interesado en participar en alguna de ellas, te pedimos que nos envíes un correo electrónico a ajuts@fundaciocmjgodo.cat, indicando a qué sesión deseas asistir. En caso de que tu correo no incluya información identificativa clara (como el nombre de tu entidad), te agradeceríamos que añadieras tu nombre completo y el nombre de la entidad a la que perteneces.

Una vez recibamos tu mensaje, te enviaremos el enlace de acceso a la sesión correspondiente.

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS 2025 DE FUNDACIÓ CMJ GODÓ

1. PRESENTACIÓN

La Fundació CMJ Godó trabaja para mejorar la vida de niños, jóvenes y personas mayores en situación de vulnerabilidad o exclusión social. Su objetivo no es solo financiar proyectos, sino conseguir que estos generen un impacto social real, medible y gestionable.

2. OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

Esta convocatoria tiene como finalidad apoyar proyectos sociales dirigidos a tres colectivos:

  • Infancia y juventud en situación de marginación o riesgo.
  • Infancia y juventud con discapacidad física o sensorial.
  • Personas mayores en situación de marginación o riesgo.

Los proyectos deben centrarse en mejorar la calidad de vida o en potenciar el desarrollo personal de estos grupos. Se valorarán especialmente aquellos que:

  • Mejoren las relaciones familiares y sociales, la autoestima, el bienestar y la integración en la sociedad.
  • Promuevan la autonomía personal y la toma de decisiones.
  • Fomenten el talento y el acceso al empleo, especialmente en jóvenes con discapacidad.
  • Refuercen valores positivos y habilidades personales, educativas y laborales.

3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán presentar proyectos las entidades sin ánimo de lucro que trabajen mayoritariamente en Cataluña y cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el Registro de Entidades Jurídicas de la Generalitat de Catalunya.
  • Estar acogidas al régimen fiscal de la Ley 49/2002.
  • Tener al día las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

 

Los proyectos deben tener un enfoque ambicioso y una duración máxima de 3 años. La Fundación financiará como máximo el 50% del presupuesto, y se dará prioridad a los que tengan un presupuesto mínimo de 50.000 € al año.

Quedan excluidos ciertos gastos, como los incurridos fuera del año de convocatoria, deudas, comisiones bancarias, sanciones, y otros que no estén directamente relacionados con el proyecto.

Las entidades seleccionadas deberán justificar íntegramente el proyecto con una memoria final, detallando actividades, impacto conseguido y gastos, incluyendo facturas y comprobantes.

4. CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD

Cada entidad puede presentar hasta dos proyectos. La solicitud debe realizarse exclusivamente a través de la web https://ajuts.fundaciocmjgodo.cat

El plazo para presentar propuestas comenzará en la fecha de publicación de estas bases en la página web de la Fundación y finalizará el 30 de septiembre de 2025.

No se aceptarán solicitudes enviadas por otros medios ni fuera de plazo

5. PLAZO DE EJECUCIÓN

Los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.

6. DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Cada proyecto deberá presentarse con el formulario completo y la siguiente documentación:

  • Certificado vigente de inscripción en el Registro de Entidades Jurídicas, en el que conste expresamente la composición actual del órgano de gobierno de la entidad y la presentación de las cuentas anuales, indicando el ejercicio correspondiente y la fecha de presentación.
  • Cuentas anuales del ejercicio anterior completo, debidamente aprobadas por el órgano competente de la entidad.
  • Acreditación del régimen fiscal (Ley 49/2002).
  • Certificados actualizados de cumplimiento con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Acuerdo del órgano de gobierno (o persona autorizada) aprobando la solicitud.
  • Justificante de titularidad de la cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda.

 

Si falta alguno de estos documentos, el proyecto no será evaluado.

7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se valorarán los proyectos según:

  • Su alineación con los objetivos de la convocatoria.
  • La justificación de la necesidad y el enfoque del proyecto. Explicar el contexto y la problemática que se busca resolver, así como señalar si existen diferencias con otras soluciones similares ya disponibles.
  • La coherencia del plan de trabajo y del presupuesto.
  • El impacto social esperado.
  • La capacidad técnica y de gestión del equipo responsable.

En esta convocatoria se dará prioridad a los proyectos dirigidos a infancia y juventud en situación de riesgo, marginación o con discapacidad.

8. AYUDA ECONÓMICA Y JUSTIFICACIÓN

La Fundación puede conceder hasta el 50% del gasto aprobado. El pago se dividirá en dos partes:

  • 50% tras la concesión, antes del 30 de noviembre de 2025.
  • 50% restante al finalizar y justificar el proyecto (antes del 30 de noviembre de 2026).

Tras la presentación del proyecto y su registro en la plataforma de solicitud, no se admitirá ninguna modificación en su contenido ni en los importes indicados. El proyecto y el presupuesto que figuren en la solicitud serán considerados definitivos a todos los efectos de esta convocatoria.

No se admitirán reformulaciones posteriores ni ajustes del proyecto o de su presupuesto. En caso de que la entidad beneficiaria no pueda justificar la totalidad del presupuesto presentado, el importe finalmente concedido se regularizará proporcionalmente en función del grado de ejecución real del proyecto.

Si el proyecto ejecutado es de menor cuantía y no se ha desarrollado por completo, la ayuda se ajustará proporcionalmente. Si supera el presupuesto inicial, el importe concedido no cambiará.

La justificación del proyecto deberá presentarse tan pronto como finalice su ejecución y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de 2026, sin excepción. Esta justificación deberá realizarse a través de la misma aplicación utilizada para solicitar la ayuda.

Es imprescindible acreditar la ejecución del proyecto completo, no únicamente la parte financiada por nuestra Fundación.

En caso de que el proyecto no esté completamente finalizado antes del plazo establecido, se deberá presentar igualmente toda la documentación disponible hasta ese momento (facturas, justificantes de gasto, etc.). En estos casos, se procederá a regularizar el importe de la ayuda, en función de la parte efectivamente ejecutada y justificada.

El plazo de justificación es definitivo. El incumplimiento de esta fecha límite podrá suponer la denegación total o parcial de la ayuda concedida.

La entidad sin ánimo de lucro seleccionada deberá haber presentado su solicitud conforme a estas bases y dentro del plazo establecido. Todo el proyecto y la documentación requerida, tanto en la solicitud como en la justificación, deberán estar a nombre de la Fundación beneficiaria.

La evaluación de las solicitudes se basará únicamente en la documentación presentada por las Fundaciones participantes.

Una vez concedida la ayuda, toda la documentación justificativa (facturas, pagos, etc.) deberá estar emitida exclusivamente a nombre de la Fundación seleccionada. No se aceptará documentación a nombre de terceras entidades, aunque hayan colaborado en el proyecto.

Tampoco se admitirán gastos justificados por entidades que no hayan participado formalmente ni hayan sido valoradas por el Patronato. El incumplimiento de esta norma podrá suponer la denegación total o parcial de la ayuda.

9. CONCESIÓN DE LAS AYUDAS

La selección se hará por concurrencia competitiva. Serán beneficiarios los proyectos con mejor puntuación.

Las entidades recibirán una notificación informando si se les ha concedido o no la ayuda, y con qué importe.

NOTA IMPORTANTE 

  • La participación en esta convocatoria no garantiza recibir una ayuda.
  • La Fundación podrá hacer revisiones durante el desarrollo del proyecto.
  • En caso de incumplimiento injustificado, se podrá exigir la devolución del dinero recibido.
  • La interpretación final de estas bases corresponde a la Fundación.
  • Tanto la Fundación como las entidades beneficiarias podrán difundir los proyectos seleccionados.
  • El Patronato de la Fundación seleccionará con su mejor criterio, los proyectos que más se adecúen a sus finalidades estatutarias. Su decisión será inapelable.